Viernes, 13 de abril de 2001


EL FIN DE LA CONCERTACIÓN?

La reforma laboral de 1.997 por la que se creaba un nuevo contrato indefinido para determinados colectivos de trabajadores con una indemnización menor por despido improcedente (33 días por año en lugar de los 45 días de los contratos ordinarios) y en la que además se subvencionaba los contratos estables, ha tenido desde mayo de 1.997 en que se empezó a aplicar un éxito relativo en cuanto que ha logrado que muchos contrato temporales, al calor de la subvención se transformaran en nuevos contratos estables. No ha logrado sin embargo hacer decrecer la tasa de temporalidad (relación entre contratos temporales y total de contratos) en una cifra significativa: desde el comienzo de su aplicación en que la temporalidad afectaba al 33% de los contratos, solo ha logrado rebajarla al 31,7% en el último trimestre de 2.001.

Con todo, hay que recordar que dicha reforma laboral fue pactada por sindicatos y empresarios y solo después de esto el Gobierno la llevó al Parlamento y fue aprobada allí.

Un tiempo después, rompiendo con el principio de "autonomía de las partes" en la negociación (sindicatos y patronal) el Gobierno pacto con los sindicatos el "contrato estable a tiempo parcial" en línea con la demanda sindical de mejorar la estabilidad en el empleo que, como es sabido, es la peor con mucha diferencia de la Unión Europea (la temporalidad en España es mucho mas del doble de la media europea)

Si el resultado de la primera reforma puede apuntarse algún éxito, aunque solo sea el de que la temporalidad no haya aumentado, el de la segunda firma, con ruptura incluida del principio anterior, se puede calificar tranquilamente de fracaso sin ahondar mas en la cuestión. Simplemente el contrato ha sido de muy poca aplicación.

El dos de Marzo de 2.001, después de que sindicatos y patronal no pudieran cerrar un acuerdo el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley de "medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad" que según dice en el preámbulo al tramitarse posteriormente como Proyecto de Ley se orienta a "reducir las aun excesivas tasas de temporalidad existentes".

Obviamente no es posible juzgar todavía el resultado de esta llamada "nueva reforma laboral" y que en realidad, se limita a extender el nuevo contrato estable con despido mas barato a casi todos los nuevos colectivos de trabajadores contratados. Aunque haga algunas menciones expresas a las mujeres, y en lo tocante a la contratación temporal se establezca una indemnización equivalente a 8 días por año trabajado, se han creado cuatro nuevas formas de eventualidad y se ha ampliado el contrato de formación a excluidos sociales, parados de larga duración e inmigrantes que cobrarán el 80% del salario mínimo.

Lo que sí que se puede decir de esta nueva ruptura de la "autonomía de las partes" es que se ha decantado hacia las demandas de la patronal. El éxito de las nuevas medidas para generar empleo y reducir la temporalidad está por ver, pero como ya he defendido en otras ocasiones, las demandas empresariales de abaratamiento del despido ni han generado en la última reforma un descenso apreciable de la temporalidad, ni los ejemplos anteriores sirven para avalar su posición, puesto que cuando hemos vivido etapas de crisis económica las empresas han despedido masivamente trabajadores fijos a pesar de su mayor coste y no eventuales.

Lo que sí han conseguido estas reformas ha sido fragmentar el mercado laboral con trabajadores con mas derechos y salario y trabajadores con menos para la misma función.

Esperemos que las nuevas limitaciones normativas tengan efectos más positivos para reducir los abusos en la contratación temporal y en la rotación permanente de los contratos así como en su corta duración. De cualquier manera antes que ensayar soluciones ya fracasadas el Gobierno debería haber hecho un esfuerzo por buscar formulas nuevas tales como la reducción de cargas sociales para los trabajos menos remunerados y la aproximación entre las diferentes formas de contratación.

Lo que si es evidente es que la falta de concertación no ayuda a que el resultado sea positiva.

En la misma línea de falta de concertación –división deberíamos enmarcar el actual acuerdo sobre las pensiones. No termina de entenderse como incrementando los gastos ( eso si, a partir del 2010) sin incrementar los ingresos, se garantizan mas las pensiones a largo plazo. El Gobierno debería darnos una explicación.