COMISION DE HACIENDA
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SIXTE CAMBRA I SANCHEZ
celebrada el martes,
31 de octubre de 2000
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ORDEN DEL DIA:
--Comparecencia del Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial para la
Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción,
don Carlos Jiménez Villarejo, ante la Comisión de Hacienda, para que
informe sobre la aplicación de la legislación fiscal española a
ciudadanos con patrimonios en países denominados «paraísos
fiscales», y sobre la colaboración de las entidades financieras a
este respecto, a petición del Grupo Socialista (Número de expediente
713/000006).
El señor LERMA BLASCO: Damos las gracias
por su comparecencia al Fiscal Jefe, señor Jiménez Villarejo.
Esta petición de comparecencia se remite a una fecha bastante lejana en
la que habíamos oído una declaración suya relativa a las dificultades en
las cuales se encontraba la Fiscalía a la hora de investigar los
patrimonios en los paraísos fiscales y en la que no parecía intuir una
cierta dificultad interior. En ese sentido, aparte de agradecerle la
comparecencia, que nos ha parecido muy sustanciosa, especialmente todas
las cuestiones que nos ha relatado en orden a poder desde las
autoridades intentar solucionar estas dificultades, nos gustaría saber
si hay alguna otra dificultad de tipo interno, no debido a problemas
legislativos sino a la sobrecarga de trabajo, por la dotación que la
Fiscalía tiene en estos momentos, y las posibilidades que, en
definitiva, tiene la Fiscalía para poder investigar.
En primer lugar, respecto a los problemas planteados por el Senador
Lerma, considero que en este momento la Fiscalía Especial, tras casi
cinco años de funcionamiento, exactamente se cumplirán el próximo 18 de
diciembre, dispone de recursos materiales y humanos suficientes, para el
ejercicio de su función. Se ha producido, por una parte, un incremento
progresivo de la dotación de miembros del Ministerio Fiscal, está
constituida por once fiscales que integran todo el conjunto y, por otra,
existe un apoyo progresivo y constante por parte de la Administración a
la constitución de las unidades de apoyo y de las unidades de expertos
de la Fiscalía Especial; es decir, no puede dejar de reconocerse algo
muy significativo. En la ley 10/1995 creadora de la Fiscalía, se preveía
de forma muy genérica, casi diría de forma embrionaria, que ésta
contaría con los expertos que fueran necesarios, permanentes u
ocasionales, y al mismo tiempo con una unidad de policía judicial. Hay
que decir que, desde hace tiempo pero sobre todo en este año 2000
contamos con una dotación muy rica en recursos: dos unidades de Policía
Judicial, una del Cuerpo de Policía Nacional y otra de la Guardia Civil.
Cada una está formada aproximadamente por un grupo de entre diez y doce
funcionarios de policía especializados en delincuencia económica y
financiera que están permitiendo el ejercicio de nuestras funciones de
manera muy efectiva, porque significa un auxilio indispensable para el
desarrollo de nuestro cometido. Este es un dato significativo, en el que
siempre he encontrado una respuesta positiva por parte del Ministerio
del Interior, que es el que ha hecho posible la formación y
consolidación de estas unidades de policía.
Más importancia si cabe tienen, por lo complejo de su constitución y su
integración en la Fiscalía, las unidades de apoyo procedentes del ámbito
de lo que podríamos denominar el anterior Ministerio de Economía y
Hacienda, en la actualidad Ministerio de Hacienda, que consisten en
unidades integradas por interventores del Estado y funcionarios del
Cuerpo de Gestión de la Hacienda Pública, cuya dotación de recursos ha
sido incrementada por la actual responsable de la Intervención General
del Estado, de tal forma que en este momento está formada por doce o
trece miembros, no lo recuerdo exactamente, parte de los cuales no se
pueden integrar debido a un déficit de espacio, pero de hecho la
dotación es extraordinariamente útil y máxima, a partir de las
necesidades que en este momento se disponen.
Por consiguiente, contamos con una unidad de la Intervención General de
la Administración del Estado de gran eficacia y con unos jefes de enorme
preparación en la materia. Al mismo tiempo, tenemos una unidad de la
Agencia Estatal de la Administración Tributaria, compuesta igualmente
por doce miembros, con sus respectivos jefes, constituida por
inspectores de finanzas del Estado y subinspectores que está integrada
en la Fiscalía y que representa un apoyo sustancial para la
investigación que ésta lleva a cabo en el uso de sus facultades legales
en lo que podríamos llamar la fase preprocesal de la investigación de la
Fiscalía Especial previa al ejercicio de acciones penales mediante
denuncia o querella, dado que ello nos permite disponer de datos
importantes para el esclarecimiento de la situación patrimonial de las
personas que pudieran ser objeto de investigación o de otros datos
complementarios. A ello se une la colaboración siempre muy activa y en
este momento absolutamente normalizada a través de las redes
informáticas oportunas de los registros públicos, tanto del Registro
Mercantil como de los registros de la propiedad, lo cual nos permite
también encontrar datos útiles para el ejercicio de esa labor.
Por tanto, en este momento la Fiscalía dispone de un conjunto de
efectivos inicialmente previstos en la ley de forma muy genérica y casi
enunciativa que constituyen una auténtica realidad. Prueba de ello es
que la Fiscalía Especial está constituida aproximadamente, contando con
todos los que la integramos, por 70 funcionarios, lo cual representa un
número importante, sin parangón en ninguna fiscalía especial española.
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