Comparecencia de autoridades y funcionarios en alguna Comisión. 

DEL SECRETARIO GENERAL DE POLITICA FISCAL TERRITORIAL Y COMUNITARIA (713/000388Del Secretario General de Política Fiscal Territorial y Comunitaria, Ilmo. Sr. D. Antonio Beteta Barrera (Número de expediente 713/000388).

Comisión de Presupuestos 14/11/2001

El señor LERMA BLASCO: Muchas gracias, señor Presidente.
Muy brevemente, quiero agradecer, cómo no, la comparecencia del señor Secretario General, y formularle una sencilla pregunta u opinión.
¿Qué diferencia hay entre un fondo de suficiencia y la participación en los ingresos del Estado, cuando la cesión de los tributos no tiene ninguna capacidad normativa real, ni siquiera capacidad de gestión, y la cesión se hace por índice de consumo, en definitiva por el gasto estimado en cada Comunidad Autónoma? Si eso fuera un exceso en la corresponsabilidad o en la cesión por parte del Estado, además le añadimos, como ya sabe el Secretario General, la limitación a la autonomía financiera que supone la nueva Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
Para concretar, señor Secretario General, yo le pregunto si después de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria y el fondo de suficiencia sin ninguna capacidad normativa en la cesión ni en la gestión ni en los índices estimados, ¿se supone que hay más autonomía financiera que antes ha disminuido debido a la limitación que supone la nueva ley y, por tanto, el principio de coordinación está por encima del principio de autonomía financiera? Gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Lerma.
Senador Soto, ¿desea intervenir?
El señor SOTO GARCIA: Gracias.
Me doy por más que satisfecho con la exposición del señor Secretario General.
Me gustaría decir al Senador Lerma que intentar mezclar la Ley General de Estabilidad Presupuestaria con las tres leyes que en estos momentos están discutiéndose en las Cámaras es un tanto intencionado.
Gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Soto.
La intencionalidad política forma parte del debate.
Para consumir un turno de cinco minutos, tiene la palabra el señor Secretario General.

El señor SECRETARIO GENERAL DE POLITICA FISCAL TERRITORIAL Y COMUNITARIA (Beteta Barrera): Muchas gracias, señor Presidente. Muchas gracias, señores Senadores, por sus preguntas sobre esta cuestión.
La configuración de la participación de los ingresos del Estado como fondo residual después de la aplicación de los correspondientes tributos cedidos a las Comunidades Autónomas es idéntica a la aplicación del fondo de suficiencia. ¿Cuál es la razón por la cual se ha puesto de manifiesto? Que todo el mundo sabe que tanto en el actual sistema como en el anterior la participación en los ingresos del Estado es la verdadera fuente de solidaridad del sistema porque, a igualdad de cesiones tributarias, hay algunas Comunidades Autónomas con unas necesidades de gasto que nos les cubren los tributos que pueden exigir en su propio territorio. Esa es la verdadera solidaridad que tiene hoy en día el actual sistema vigente de financiación de Comunidades Autónomas, que muere el 31 de diciembre de este año.
Lo que hemos buscado ha sido una mayor visibilidad de este punto de la solidaridad, el cual se mide a través del denominado fondo de suficiencia, porque dice: Todas las Comunidades Autónomas tienen exactamente los mismos tipos de cesión que los tributos, y a iguales tipos de cesión, hay Comunidades Autónomas que tienen unas necesidades de financiación mayores y otras que incluso tienen que devolver algunas cantidades porque lo que perciben de los recursos que tienen asignados les resulta excedentario dadas sus menores necesidades de gasto. Señor Senador, no se trata, por tanto, de cifras, sino de que la ciudadanía vea con claridad una situación muy importante: que éste es un sistema muy solidario mediante el cual no se deja al albur de las Comunidades Autónomas su propia relación tributaría con sus ciudadanos y su región, sino que se tienen en cuenta las necesidades de gasto generadas a través de unos parámetros objetivos y que, por lo tanto, esa diferencia se pone de manifiesto.
Mi desacuerdo con la interpretación del señor Senador está en que sí se avanza en la significación de la participación que se les da a las Comunidades Autónomas. No es nada neutral que se pueda decir que es indiferente una cuestión cual es la cesión del 35 por ciento del IVA a las Comunidades Autónomas, del 40 por ciento de los impuestos especiales, del 100 por 100 de impuestos especiales de matriculación y de electricidad. Ahí hay una capacidad política clara y significativa de las correspondientes regiones y, sin duda, el viernes, en la próxima sesión del Consejo de Política Fiscal y Financiera, las Comunidades

Autónomas van a tener ocasión de pronunciarse, en relación con estos últimos de electricidad y matriculación, sobre si quieren tener o no más capacidad normativa y, por lo tanto, una mayor capacidad en política fiscal de las Comunidades Autónomas en relación con sus ciudadanos.
También ha incrementado en relación con los tributos clásicos cedidos, en los que se ha dado una amplitud absolutamente significativa en cuanto a su competencia. Fijémonos, por ejemplo, en el IRPF, en el que sólo hay dos únicos requisitos: que la tarifa sea progresiva y que se conserve el mismo número de tramos que en el Estado. Eso da una amplitud fundamental a las Comunidades Autónomas para poder exigir a sus ciudadanos la cantidad que precisen y sea adecuada en relación con lo que tengan que financiar. Es tan importante este impuesto, que es el que genera más recursos para el conjunto de las Comunidades Autónomas, que creo que pone de manifiesto que hay una gran capacidad para mejorar la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas. En estos momentos se están aprobando distintas leyes de presupuestos y de acompañamiento de Comunidades Autónomas, y en varias de ellas se está proponiendo en sus parlamentos incrementos en el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados del 0,5 al 1 por ciento, como muy bien sabe el señor Senador. Esto está ocurriendo en varias Comunidades. Todos sabemos que, a lo largo de estos años, numerosísimas Comunidades Autónomas han utilizado su capacidad normativa para incrementar del 6 al 7 por ciento el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. ¿Qué han proporcionado a las Comunidades Autónomas todas estas cuestiones? Les han dado mayor autonomía financiera y mayores recursos. Este sistema, al profundizar en la corresponsabilidad fiscal, profundiza en la relación que deben tener en cuanto a gasto regional con los ingresos que se obtienen en el propio territorio, y ése es uno de los ejes del sistema.
En cuanto a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, como usted sabe muy bien, ésta no tiene una importancia significativa. Lo que estamos haciendo aquí es un uso que ya estaba acordado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, en Cádiz, y en ulteriores sesiones ya se había acordado esa estabilidad presupuestaria. Luego sí ya se había acordado esa estabilidad presupuestaria, en nada perjudica a la autonomía financiera el que se haga con rango de ley. Lo que se está dando es una visualización ante el conjunto de la ciudadanía (al igual que es la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas da esa visualización ante el conjunto de la ciudadanía) pero no está agravando en absoluto una situación, porque ese compromiso de estabilidad presupuestaria lo habían acordado voluntariamente todas las Comunidades Autónomas ya en el Consejo de Política Fiscal Territorial y Comunitaria, en Cádiz, hace varios años.
Muchas gracias, señor Presidente.